Derrame. Existencia de título, no importa limitación de mejor forma de utilización de las aguas por el titular del derecho de aprovechamiento
De los derrames
Artículo 46. La existencia de un título respecto al uso de derrames, no importa limitación de una mejor forma de utilización de las aguas por el titular del derecho de aprovechamiento, salvo convención en contrario.