Sistema de monitoreo de extracción instantánea

La Dirección General de Aguas (DGA), impulso durante el año 2019, mediante Resolución N° 1238, las condiciones, plazos y estándares para que los usuarios de Derechos de Aprovechamiento Subterráneos (DAA), instalaran los sistemas de medición y extracción de caudales efectivos (MEE). Esta resolución establece que por cada acuífero y Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común (SHAC), […]

Reformas al Código de Aguas. ¿Cómo enfrentar esta nueva ley?

Este 6 de abril del año 2022 se publicó en el Diario Oficial el nuevo Código de Aguas. La reforma considera de suma importancia respecto a sus derechos de aguas, algunos aspectos tales como: Sabemos la importancia que tienen los Derechos de Agua en sus procesos productivos, por ello lo invitamos a evaluar perfeccionamientos, regularizaciones, […]

ART. 109 del Código de aguas

Servidumbres. Causales de extinción Artículo 109. Las servidumbres a que se refiere este Código se extinguen: 1. Por la nulidad o resolución del derecho del que las ha constituido; 2. Por la llegada del día o de la condición, si se ha establecido de uno de estos modos; 3. Por la confusión, en los términos […]

ART. 108 del Código de aguas

Servidumbres voluntarias sobre aguas. Aplicación de las disposiciones del Código Civil Artículo 108. Las servidumbres voluntarias sobre aguas se regirán por las disposiciones del párrafo 3º del Título XI del Libro II del Código Civil.

ART. 107 del Código de aguas

Los interesados en desarrollar investigaciones o mediciones de recursos hídricos, podrán ingresar a terrenos particulares, previa constitución de las servidumbres Artículo 107. Los interesados en desarrollar las mediciones e investigaciones de los recursos hidráulicos, y los que deseen efectuar los estudios de terreno a que se refiere el artículo 151 podrán ingresar a terrenos de […]

ART. 106 del Código de aguas

Servidumbre de camino de sirga. Prohibición de emplearla en otros usos Artículo 106. La servidumbre de camino de sirga es exclusiva para las necesidades de la navegación o flotación. No podrá emplearse en otros usos.

ART. 105 del Código de aguas

Extinción de la servidumbre de camino de sirga cuando un río deje de ser navegable o flotable Artículo 105. Cuando un río navegable o flotable deje de serlo permanentemente, cesará también la servidumbre del camino de sirga, sin que los dueños de los predios tengan que devolver las indemnizaciones recibidas.

ART. 104 del Código de aguas

Facultad del Director General de Aguas para clasificar los ríos navegables y flotables Artículo 104. El Director General de Aguas clasificará los ríos navegables y flotables, y determinará al mismo tiempo la margen y el ancho de ellos por donde haya de llevarse el camino de sirga. Sólo en estos ríos podrá imponerse la servidumbre […]

ART. 103 del Código de aguas

Servidumbre de camino de sirga. Obligación del dueño de las riberas Artículo 103. Los dueños de las riberas serán obligados a dejar el espacio necesario para la navegación o flote a la sirga.

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