ART. 42 del Código de aguas

Limitaciones de los ferrocarriles, caminos o instalaciones de cualquier naturaleza que atraviesen ríos, lagos, lagunas, tranques, etc. Disposiciones especiales Artículo 42. Cuando un ferrocarril, camino o instalación de cualquier naturaleza atravesare ríos, lagos, lagunas, tranques, represas o acueductos, deberán ejecutarse las obras de manera que no perjudiquen o entorpezcan la navegación ni el aprovechamiento de […]
ART. 41 del Código de aguas

Modificaciones e intervenciones en cauces naturales o artificiales. Aprobación previa de la Dirección General de Aguas Disposiciones especiales Artículo 41. El proyecto y construcción de las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren […]
ART. 40 del Código de aguas

El concesionario no podrá extraer del cauce mayor cantidad de agua que la vaciada De la concesión de cauces de uso público para conducir aguas de aprovechamiento particular Artículo 40. El concesionario no podrá extraer del cauce mayor cantidad de agua que la vaciada, deducidas las mermas por evaporación e infiltración, tomando en cuenta la […]
ART. 39 del Código de aguas

Derecho de aprovechamiento. Facultad del titular para vaciar sus aguas en un cauce natural de uso público y extraerlas en otra parte de su curso. De la concesión de cauces de uso público para conducir aguas de aprovechamiento particular Artículo 39. Las aguas de aprovechamiento particular podrán vaciarse en cauces naturales de uso público para […]
ART. 38 del Código de aguas

De los cauces artificiales y de otras obras. Organizaciones de usuarios y propietarios exclusivos de canales. Obligación de construir bocatomas Artículo 38. Las organizaciones de usuarios o el propietario exclusivo de un acueducto que extraiga aguas de una corriente natural, estarán obligados a construir y mantener, a su costa, a lo menos una bocatoma con […]
ART. 37 del Código de aguas

De los cauces artificiales y de otras obras. Derecho de aprovechamiento. Facultad del titular para construir canales Artículo 37. El dueño de un derecho de aprovechamiento podrá construir canales a sus expensas, en suelo propio o ajeno, con arreglo a las normas del presente Código.
ART. 36 del Código de aguas

De los cauces artificiales y de otras obras. Canal o cauce artificial y embalse. Concepto Artículo 36. Canal o cauce artificial es el acueducto construido por la mano del hombre. Forman parte de él las obras de captación, conducción, distribución y descarga del agua, tales como bocatomas, canoas, sifones, tuberías, marcos partidores y compuertas. Estas […]
ART. 35 del Código de aguas

De los álveos de aguas detenidas. Álveo o lecho de aguas detenidas. Concepto Artículo 35. Álveo o lecho de los lagos, lagunas, pantanos y demás aguas detenidas, es el suelo que ellas ocupan en su mayor altura ordinaria. Este suelo es de dominio privado, salvo cuando se trate de lagos navegables por buques de más […]
ART. 34 del Código de aguas

De los álveos o cauces naturales. Accesiones del suelo. Aplicación del Código Civil Artículo 34. En los casos de aluvión, avenida, inundación, variación de curso de un río o división de éste en dos brazos, se estará a lo dispuesto sobre accesiones del suelo en el párrafo 2º del Título V, Libro II, del Código […]
ART. 33 del Código de aguas

De los álveos o cauces naturales. Riberas. Concepto Artículo 33. Son riberas o márgenes las zonas laterales que lindan con el álveo o cauce.